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	Comentarios en: SM consigue una nueva sentencia declarando la nulidad de la cláusula IRPH	</title>
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		<title>
		Por: Jose María Peyra		</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/sm-consigue-una-nueva-sentencia-declarando-la-nulidad-de-la-clausula-irph/comment-page-1/#comment-897</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jose María Peyra]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2016 10:11:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.sanahuja-miranda.com/blog/sm-consigue-una-nueva-sentencia-declarando-la-nulidad-de-la-clausula-irph/comment-page-1/#comment-891&quot;&gt;Noelia&lt;/a&gt;.

&lt;strong&gt;IRPH Cajas e Índices sustitutivos&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Hola Noelia,

Entendemos que no es necesaria la novación hipotecaria, por cuanto al haber desaparecido los dos índices el fijado y el sustitutivo, las partes pueden acordar la referenciación del tipo de interés variable del préstamo hipotecario al euribor más el referencial que acuerden.

Los bancos son bastante reticentes, pero en ocasiones lo aceptan, ya que es perfectamente legal, hay diversas fórmulas para redactarlo que hacen innecesarios los importantes gastos de 3.000 euros que conlleva la novación.

Vale la pena llegar a un acuerdo con el Banco, siempre que este sea razonable, en caso contrario, la recomendación sería solicitar la nulidad de la cláusula que referencia el tipo de interés variable al IRPH CAJAS por ser abusiva.

En cuanto a la última pregunta, el banco a falta de publicación del índice pactado en la hipoteca así como del sustitutivo, debería aplicarle el IRPH Entidades desde el mes de noviembre de 2.013.

Quedamos a su disposición para cualquier comentario o información adicional.

un cordial saludo,]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/sm-consigue-una-nueva-sentencia-declarando-la-nulidad-de-la-clausula-irph/comment-page-1/#comment-891">Noelia</a>.</p>
<p><strong>IRPH Cajas e Índices sustitutivos</strong><br />Hola Noelia,</p>
<p>Entendemos que no es necesaria la novación hipotecaria, por cuanto al haber desaparecido los dos índices el fijado y el sustitutivo, las partes pueden acordar la referenciación del tipo de interés variable del préstamo hipotecario al euribor más el referencial que acuerden.</p>
<p>Los bancos son bastante reticentes, pero en ocasiones lo aceptan, ya que es perfectamente legal, hay diversas fórmulas para redactarlo que hacen innecesarios los importantes gastos de 3.000 euros que conlleva la novación.</p>
<p>Vale la pena llegar a un acuerdo con el Banco, siempre que este sea razonable, en caso contrario, la recomendación sería solicitar la nulidad de la cláusula que referencia el tipo de interés variable al IRPH CAJAS por ser abusiva.</p>
<p>En cuanto a la última pregunta, el banco a falta de publicación del índice pactado en la hipoteca así como del sustitutivo, debería aplicarle el IRPH Entidades desde el mes de noviembre de 2.013.</p>
<p>Quedamos a su disposición para cualquier comentario o información adicional.</p>
<p>un cordial saludo,</p>
]]></content:encoded>
		
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		<title>
		Por: Noelia		</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/sm-consigue-una-nueva-sentencia-declarando-la-nulidad-de-la-clausula-irph/comment-page-1/#comment-891</link>

		<dc:creator><![CDATA[Noelia]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Apr 2016 14:37:56 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://sm.anacondagroup.com/2015/12/16/sm-consigue-una-nueva-sentencia-declarando-la-nulidad-de-la-clausula-irph/#comment-891</guid>

					<description><![CDATA[&lt;strong&gt;IRPH Cajas e Índices sustitutivos&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Buenas tardes,

Tengo una hipoteca desde el año 2003, en la que me aplican IRPH Cajas, siendo el índice sustitutivo el CECA. Ahora la entidad bancaria me ha hecho una oferta de novación hipotecaria y me ofrecen aplicarme el EURIBOR + 2,5%, siendo los gastos de la operación de 3.000 €.

Me he enterado de todo esto de la nulidad de IRPH Cajas y mis dudas son:

- ¿Vale la pena reclamar judicialmente? ¿O es mejor que primero intente llegar a un acuerdo con mi banco?

- Independientemente de lo anterior, en mi hipoteca, en ningún lugar dice que se me puede aplicar el EURIBOR, entonces si tanto el IRPH Cajas como el CECA se han dejado de aplicar desde el 2013 ¿Qué índice debería aplicarme mi banco?

Muchas gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>IRPH Cajas e Índices sustitutivos</strong><br />Buenas tardes,</p>
<p>Tengo una hipoteca desde el año 2003, en la que me aplican IRPH Cajas, siendo el índice sustitutivo el CECA. Ahora la entidad bancaria me ha hecho una oferta de novación hipotecaria y me ofrecen aplicarme el EURIBOR + 2,5%, siendo los gastos de la operación de 3.000 €.</p>
<p>Me he enterado de todo esto de la nulidad de IRPH Cajas y mis dudas son:</p>
<p>&#8211; ¿Vale la pena reclamar judicialmente? ¿O es mejor que primero intente llegar a un acuerdo con mi banco?</p>
<p>&#8211; Independientemente de lo anterior, en mi hipoteca, en ningún lugar dice que se me puede aplicar el EURIBOR, entonces si tanto el IRPH Cajas como el CECA se han dejado de aplicar desde el 2013 ¿Qué índice debería aplicarme mi banco?</p>
<p>Muchas gracias</p>
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