Seguros de vida: El suicidio, como causa de fallecimiento, debe acreditarse

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17 octubre, 2019
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El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Lleida ha condenado a VidaCaixa a indemnizar con 100.000 euros la muerte de un joven de 25 años, en cumplimiento de la póliza del seguro de vida del difunto. La compañía aseguradora se negó a indemnizar su fallecimiento porque consideraba que había sido un suicidio y, además, se había producido dentro del primer año de contrato del seguro de vida, circunstancias que figuran dentro de las exclusiones de la póliza. El joven murió por los golpes que sufrió al precipitarse por la ventana de su habitación de hotel.

La familia, representada legalmente por el abogado Fernando Sanahuja Miralles, de Sanahuja Miranda Abogados, se llena de razones para descartar esa posibilidad, pues el joven había hecho planes para los días siguientes, no tenía ninguna enfermedad mental, ni había dado indicios de estar pasando por un mal momento. Todo el caso en DIARIO MÉDICO.

 

 

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