Impuesto al lujo: Todo lo que necesitas saber

cronica-global
27 diciembre, 2019
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Este gravamen catalán abarca bienes inmuebles, vehículos de alta gama, yates, aeronaves y objetos de arte, pero ¿cuándo y cómo se tributa?

Constituye el hecho imponible de este impuesto la tenencia a través de sociedades de los activos siguientes, siempre que no sean productivos y estén situados en Cataluña: Bienes inmuebles, vehículos a motor con potencia superior a 200 CV, embarcaciones de recreo, aeronaves, objetos de arte y antigüedades con valor superior al que fije la Ley del Patrimonio Histórico, y joyas.

“Como consecuencia de este impuesto, se entenderá que también se deberá tributar la tenencia y/o disposición de dichos activos no productivos, en los casos en que existan derechos reales sobre los mismos, o bien el uso sea a raíz de la realización de una operación de Leasing”.

Xavier López, abogado del despacho Sanahuja Miranda.

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