IRPH: el partido más largo y confuso entre consumidores y banca

Estel RomeroHipotecasLeave a Comment

Sentencia Tribunal Supremo sobre IRPH

Y cuando pensábamos que todo iba a quedar claro, que finalmente el partido iba a terminar, llegó el Tribunal Supremo, con sus “si” pero “no” y ya te lo contaré más adelante…

Ayer 21 de octubre de 2020, tras mucha espera por parte de los consumidores y de los bancos el alto tribunal español debía pronunciarse en relación a las hipotecas referencias al índice IRPH tras la Sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020.

Sin embargo, únicamente publicó una escueta nota de prensa en la que deja más dudas que antes de su existencia.

Vamos a analizar su contenido:

La pronuncia de la Sala Civil del Tribunal Supremo debía realizarse sobre un total de 5 recursos de casación, ayer únicamente se había deliberado sobre 4 de estos, dejando el quinto para hoy, se desconoce si el motivo es la peculiaridad de recaer la hipoteca referenciada a IRPH sobre una vivienda de protección oficial en este último recurso aun no resuelto.

El hecho de informar sobre dicha peculiaridad sorprende, ya que sería una novedad que la naturaleza del inmueble adquirido e hipotecado fuera relevante para determinar la abusividad de una cláusula en el préstamo hipotecario.

La nota de prensa procede a entrar en materia, así nos informa que el Tribunal Supremo siguiendo la jurisprudencia del TJUE ha determinado la falta de transparencia por no haber informado a los consumidores de la evolución del índice de los dos años anteriores, claramente podemos festejar el GOL  de los consumidores en este largo partido, pero prosiguiendo con el paralelismo del fútbol, en la justicia parece que también ha llegado el VAR, y el Gabinete de prensa continua su pequeña explicación anulando el tanto al concluir que finalmente no hay abusividad.

Falta de transparencia ¿supone o no abusividad?

Es decir, aquel concepto, la transparencia, que el propio Tribunal Supremo acuño mediante la sentencia del 9 de mayo de 2013 y al que dotó de eficacia jurídica, considerando que su falta suponía una abusividad, hoy pierde todo el sentido.

Quizás sea este el motivo que lleve al Magistrado D. Francisco Javier Arroyo Fiestas a emitir un voto particular, lástima que una golondrina no haga verano.

Y si bien este artículo se basa en sensaciones, interpretaciones y suposiciones es debido a la guinda del pastel, “el texto íntegro de la sentencia se redactará en los próximos días” concluye la nota de prensa.

En consecuencia y a falta de conocer el contenido completo de las 5 sentencias del Tribunal Supremo sobre IRPH, parece que la falta de transparencia ya no es sinónimo de abusividad y que el partido aún no está terminado, todo lo contrario, tenemos más dudas que nunca y toca volver a esperar.

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