¿Cuáles son los límites a las cláusulas testamentarias? La aplicación de una ley deshereda a un viudo por volver a contraer una relación

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27 julio, 2021
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En una histórica sentencia, un Tribunal de A Coruña ha sentenciado que un viudo debía perder la herencia porque así lo disponía el testamento. SM en El Mundo Financiero.

Un hombre de A Coruña ha perdido la herencia de su fallecida esposa por no cumplir una parte del testamento, que indicaba que el futuro viudo no podría contraer matrimonio por una segunda vez.

La sentencia aplica, según indica Ignasi Vives, abogado del despacho Sanahuja Miranda, una norma redactada en 1889, que da potestad al fallecido para evitar el futuro matrimonio del viudo o viuda. La ley permite redactar en el testamento una amplia gama de disposiciones.

Nuestro abogado explica:

“El Código Civil regula expresamente que el causante puede imponer en el testamento el cumplimiento de ciertas condiciones para que se pueda instituir al heredero o el legatario pueda aceptar el legado. Estas condiciones serán ilegales si son imposibles de cumplir o contrarias a las leyes o a las buenas costumbres, cuando se tendrán por no puestas”.

En el caso de la sentencia de A Coruña, no solo no es ilícita, sino que viene regulada expresamente en el Código Civil, en su artículo 793.

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