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	<title>Tarjetas revolving archivos - Sanahuja Miranda abogados Barcelona</title>
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	<title>Tarjetas revolving archivos - Sanahuja Miranda abogados Barcelona</title>
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		<title>Tarjetas revolving: Sanahuja Miranda recupera para sus clientes más de dos millones euros en la reclamación de cláusulas abusivas</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/tarjetas-revolving-sanahuja-miranda-recupera-para-sus-clientes-mas-de-dos-millones-euros-en-la-reclamacion-de-clausulas-abusivas/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Oct 2021 15:17:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[intereses usureros]]></category>
		<category><![CDATA[reclamación]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tras ganar más de 200 juicios contra entidades financieras en los últimos tres años, Sanahuja Miranda ha recuperado más de dos millones de euros para sus clientes con la reclamación ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/tarjetas-revolving-sanahuja-miranda-recupera-para-sus-clientes-mas-de-dos-millones-euros-en-la-reclamacion-de-clausulas-abusivas/" class="more-link">Read More</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Tras ganar más de 200 juicios contra entidades financieras en los últimos tres años, Sanahuja Miranda ha recuperado más de dos millones de euros para sus clientes con la reclamación de las tarjetas de crédito conocidas comúnmente como<em>&nbsp;revolving.</em></p>



<p>Tras la&nbsp;<strong>histórica sentencia&nbsp;</strong>del Tribunal Supremo nº 149/2020 de 4 de marzo, donde la autoridad jurídica se posicionó a favor de los consumidores, los&nbsp;<strong>tribunales están fallando en masa&nbsp;</strong>a favor de los consumidores en un fraude que afectó a miles de clientes de banco hace unos años, obligando a las entidades financieras a devolver el dinero y declarando&nbsp;<strong>nulos&nbsp;</strong>los contratos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Usura y falta de transparencia</h2>



<p>Las sentencias han declarado nulos los contratos de las&nbsp;<strong>tarjetas de crédito&nbsp;</strong>por dos motivos principales. En primer lugar, los tribunales han condenado a los bancos por la redacción de cláusulas de forma&nbsp;<strong>poco clara y transparente</strong>.</p>



<p>De forma habitual, en los contratos de este tipo de producto financiero los bancos redactaban cláusulas numeradas de forma confusa y con una&nbsp;<strong>letra diminuta&nbsp;</strong>que no excedía el milímetro. Además, en muchos de los casos, se demostró que además de la&nbsp;<strong>redacción farragosa</strong>, no se le informaba al cliente de forma correcta antes de la firma del contrato.</p>



<p>Así, los jueces han considerado que los contratos se establecieron sin transparencia y haciendo que fuera muy complicado conocer la trascendencia económica de lo que se iba a firmar.</p>



<p>Por otro lado, se ha obligado a devolver el dinero de aquellas tarjetas que imponían intereses excesivamente elevados.</p>



<p>En las tarjetas&nbsp;<em>revolving</em>, era común que las entidades financieras cobraran intereses TAE de hasta el triple de lo establecido en el momento de formalización del contrato. En concreto, la doctrina del Tribunal Supremo dictaminó que cuando se dan intereses del 20% al 26%, existe un margen excesivamente elevado. El resultado ha sido la condena a estos bancos por usura y la devolución del dinero.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo reclamar?</h2>



<p>Ya sea usura o por&nbsp;<strong>falta de transparencia</strong>, las&nbsp;<strong>tarjetas&nbsp;<em>revolving&nbsp;</em></strong>siguen y seguirán siendo una de las grandes causas de litigios contra los bancos, ya que todavía quedan&nbsp;<strong>miles de clientes afectados&nbsp;</strong>que pueden reclamar que se declare la nulidad del contrato la&nbsp;<strong>devolución del exceso de intereses pagados</strong>.</p>



<p>Desde Sanahuja Miranda recomendamos que los afectados se pongan en manos de profesionales, <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/tarjetas-abusivas/">abogados tarjetas revolving</a> para asesorarse y para evitar problemas a la hora de reclamar, ahora que los juzgados son favorables de forma clara al consumidor.</p>
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		<title>Interés sobre interés y la abusividad de las tarjetas ‘revolving’</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/interes-sobre-interes-y-abusividad-tarjetas-revolving/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Mar 2021 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[intereses]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las tarjetas ‘revolving’ se han convertido en un producto financiero abusivo por el carácter usurario de sus intereses: desde hace unos años el interés remuneratorio de los créditos ‘revolving’ se ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/interes-sobre-interes-y-abusividad-tarjetas-revolving/" class="more-link">Read More</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead">Las tarjetas ‘revolving’ se han convertido en un producto financiero abusivo por el carácter usurario de sus intereses: desde hace unos años el interés remuneratorio de los créditos ‘revolving’ se establecía por encima del 20% TAE que marca el Banco de España (BDE).</p>
<p>Tras la STS nº 149/2020, del 4 de marzo, la determinación de la <strong>usura </strong>irá ligada indefectiblemente a los cuadros estadísticos publicados por el BDE en relación a la media de interés del producto. ¿Eso qué significa? Que las entidades a fin de ajustarse a las estadísticas del BDE irán rebajando los intereses de los contratos antiguos, por lo tanto, los <strong>créditos ‘revolving’</strong> dejarán de ser usurario en poco tiempo.</p>
<p>Aun así, también existe la vía de la <strong>abusividad</strong>, para declarar nulo un contrato, “<em>el control de la estipulación que fija el interés remuneratorio puede realizarse también mediante los controles de incorporación y transparencia, propios del control de las condiciones generales en contratos celebrados con consumidores, en el caso objeto de este recurso, la demandante únicamente ejercitó la acción de nulidad de la operación de crédito mediante tarjeta ‘revolving’ por su carácter usurario</em>”, según el FJ5.1 de la sentencia de 4 de marzo.</p>
<p>Cuando el usuario obtiene la nulidad, se lleva a cabo una <strong>restitución de prestaciones</strong>, es decir, que el cliente deberá abonarle al banco solo el capital ciertamente dispuesto, sin los intereses. Precisamente aquí cabe prestar atención al denominado <strong>anatocismo</strong>, más conocido como <strong>interés sobre el interés</strong>, regulado en materia civil en el Art. 1109 del CC. Dado que el anatocismo está regulado y es aplicable legalmente, será necesario tener en cuenta cómo se ha aplicado en los casos de reclamaciones de créditos ‘revolving’ para poder realizar una petición de nulidad de contrato de manera adecuada.</p>
<h3>Cómo funcionan las ‘revolving’</h3>
<p>La abusividad de los <strong>créditos ‘revolving’ </strong>reside en que, cuando el capital de una tarjeta revolving no es abonado a final de mes, la cantidad pendiente genera intereses, que se capitalizan en el siguiente mes.</p>
<p>Es <strong>un bucle sin fin</strong>, porque no solo se estará pagando el principal atrasado más el nuevo capital dispuesto, sino que también se estarán pagando los intereses atrasados y, dado que el sistema de estas tarjetas conlleva que nunca se paga la totalidad de lo adeudado, llegará un momento en el que la cuota e<strong>stará pagando únicamente intereses de los intereses a los que se le suman más intereses y así indefinidamente</strong>.</p>
<p>Por esta razón, es indispensable conocer exactamente la cantidad del capital dispuesto para poder ejecutar la sentencia de nulidad del contrato.</p>
<p>Además, el usuario, a la hora de acceder a un crédito ‘revolving’, deberá conocer detalladamente a qué se compromete, por lo que la entidad tiene la obligación de explicar de forma comprensible para el consumidor que los intereses se capitalizarán, es decir, pasarán a formar parte del principal y de la deuda, por lo que, al final, el cliente se convertirá en un <strong>deudor cautivo</strong>.</p>
<p>Contacto con nuestros <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/tarjetas-abusivas/">abogados tarjetas revolving</a>, abogados especialistas en tarjetas abusivas para hacer una reclamación efectiva.</p>
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		<title>Que la banca no vuelva a engañarte: Los trucos de Wizink y otras entidades</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/banca-no-vuelva-enganarte-trucos-wizink-y-otras-entidades/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jan 2021 09:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[control de incorporación]]></category>
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		<category><![CDATA[derecho bancario]]></category>
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		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>WIZINK y otras entidades están tratando de ahorrarse dinero e indemnizar en menor cantidad a los afectados de reclamaciones de tarjetas abusivas revolving ofreciendo acuerdos por un tipo de interés ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/banca-no-vuelva-enganarte-trucos-wizink-y-otras-entidades/" class="more-link">Read More</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead">WIZINK y otras entidades están tratando de ahorrarse dinero e indemnizar en menor cantidad a los afectados de reclamaciones de tarjetas abusivas revolving ofreciendo acuerdos por un tipo de interés superior al que le sería de aplicación o bien acuerdos por menor importe de indemnización del que procede en cada caso.</p>
<p class="lead">Cuántas veces hemos oído “lo barato sale caro”, y finalmente acaba siendo cierto. El mundo jurídico no se escapa de esta máxima, no es una excepción.</p>
<p>Por ejemplo, en los casos de tarjetas revolving, las entidades bancarias -que tras la contundente Sentencia del Tribunal Supremo nº 149/2020 de 4 de marzo a favor de los consumidores le han visto las orejas al lobo-, están realizando dos movimientos estratégicos -trucos-, para despistar al consumidor y no hacer frente a su responsabilidad por la aplicación de intereses usurarios.</p>
<h2>¿Cuáles son estos trucos?</h2>
<h3>PRIMER TRUCO: <u>Rebaja unilateral del tipo de interés aplicado en la tarjeta</u>.</h3>
<p>Sin que el consumidor haya realizado queja de ningún tipo el banco le informa que procede hacer una <u>bajada del interés</u> que aplican a su tarjeta, el gran eslogan es: “<em>Le bajamos el interés, ahora pagara sólo el 20% TAE”. </em></p>
<p>Con esta publicidad consiguen una sensación de banco que se preocupa y mira por el bienestar de sus clientes, una sensación en el cliente de victoria, de trato personalizado, de beneficios por ser buen cliente ya que ahora pagará menos que anteriormente y todo ello sin hacer nada…</p>
<p>Sin embargo, el Tribunal Supremo aclaró que <strong>se determinará la usura del interés</strong> poniendo en relación la <strong><u>fecha de contratación</u></strong> y el <strong><u>tipo de interés medio de tarjetas revolving publicado por el Banco de España (en adelante BDE) en dicho momento (contratación)</u></strong> y a falta de éste, el tipo de interés medio de créditos al consumo.</p>
<p>La entidad bancaria, conocedora de que este tipo de información no es <em>vox populi</em>, es decir, no son datos que la población conozca y domine con soltura en su día a día, ha procedido a actualizar el interés de sus contratos <strong><u>al porcentaje actual</u></strong> (2020-2021) que gira alrededor del 20%, vendiendo tal cambio como un regalo al cliente o como un cumplimiento con la sentencia del Tribunal Supremo.</p>
<p>Nada más lejos de la realidad. Lo que realmente, están haciendo es volver a abusar del desconocimiento del consumidor.</p>
<p><u>Así, un contrato de tarjeta revolving firmado, por ejemplo, en 2009 le correspondería la aplicación de un <strong>interés alrededor 10%</strong>; por tanto, la bajada al <strong>20% sigue siendo usuraria</strong></u>.</p>
<p>A mayor abundamiento, esta bajada debería ir acompañada de la <strong>devolución de los intereses que se han abonado de más</strong>, hecho que no está sucediendo.</p>
<p>Este truco está siendo utilizado por entidades tan relevantes en el mercado de la financiación como WIZINK, entre otras.</p>
<h3>SEGUNDO TRUCO: <u>Oferta de devolución de una cantidad de dinero inferior a la correspondiente</u>.</h3>
<p>Otras entidades han optado por nublar el criterio del cliente dándole el chocolate del loro, le ofertan una cantidad de dinero <u>a cambio de perder la posibilidad de reclamar ante los tribunales</u>.</p>
<p>Evidentemente, la entidad bancaria no justifica de ningún modo la cantidad ofertada, pero de seguro que la banca no pierde dinero, si a uno le ofrecen 1000 euros probablemente pudiera recuperar mayor cantidad si acudiera a los tribunales de justicia.</p>
<p>Es <u>una cuestión de <strong>transparencia bancaria</strong></u>. Si el banco no nos dice de donde sale la cifra que nos ofrece, porque esta cantidad de dinero y no otra, si nos presiona con una fecha límite para la aceptación de la oferta o &nbsp;no quiere pasarnos por escrito la oferta, debemos sospechar que es un truco y que están intentando abusar nuevamente del consumidor.</p>
<p>En relación a este tipo de acuerdos que ofrece WIZINK y otras, pondremos a vuestra disposición un artículo sobre su nulidad y efectos en breve.</p>
<h2>¿Cómo puedo evitar que me engañen con estos trucos?</h2>
<p>No vamos a poder evitar que intenten engañarnos, pero si podemos evitar que lo consigan.</p>
<p><u>Acudir a un profesional del derecho,</u> como son los <strong><u>ABOGADOS</u></strong> especialistas en derecho bancario, antes de tomar cualquier decisión, firmar cualquier acuerdo o al tener la sospecha que el banco se ha vuelto Papa Noel y nos regala &nbsp;dinero. Esta acción tan sencilla puede evitar que luego lamentemos haber sido engañados nuevamente y sea tarde para remediarlo o mucho más prolongado que nos devuelvan lo que nos han cobrado de más.</p>
<p>Los abogados podrán informarte y explicarte en que consiste el truco, podrán efectuarte los cálculos necesarios para ver cuánto dinero estás perdiendo en caso de aceptar lo que te oferta el banco, te informarán de las posibilidades de éxito en un procedimiento judicial en el cual se defenderán tus derechos o te ofrecerán otras vías para negociar la oferta, entre muchos otros servicios.</p>
<p><strong>NO DEJES QUE LA BANCA VUELVA A GANAR LA PARTIDA, consulta con los expertos de Sanahuja Miranda Abogados.</strong></p>
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		<title>Nueva batalla ganada: Sanahuja Miranda obtiene una nueva sentencia que anula una tarjeta de crédito abusiva de Wizink</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 May 2020 09:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[control de incorporación]]></category>
		<category><![CDATA[control de transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[crédito]]></category>
		<category><![CDATA[derecho bancario]]></category>
		<category><![CDATA[entidades bancarias]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[usura]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Sanahuja Miranda ha obtenido una nueva Sentencia en materia de tarjetas de crédito abusivas, también llamadas tarjetas “revolving”. Explicamos aquí los detalles del caso: Se trata de la Sentencia nº ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nueva-batalla-ganada-sanahuja-miranda-obtiene-una-nueva-sentencia-anula-una-tarjeta-credito/" class="more-link">Read More</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead">Sanahuja Miranda ha obtenido una nueva Sentencia en materia de tarjetas de crédito abusivas, también llamadas tarjetas “revolving”. Explicamos aquí los detalles del caso:</p>
<p>Se trata de la <u>Sentencia nº 68/2020 de 15 de mayo de 2020, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona</u>, mediante la cual se estima la demanda de nulidad de todas las cláusulas contenidas en un contrato de tarjeta de crédito celebrado entre la clienta del despacho y la entidad Wizink Bank. Esta Sentencia libera de una importante deuda a la clienta y condena a la entidad bancaria a que le pague varios miles de euros.</p>
<p>En la demanda que inició el procedimiento solicitamos la nulidad de todas las cláusulas del contrato por diversas razones de índole jurídica, a saber:</p>
<ol style="list-style-type:upper-roman;">
<li><strong>Por no superar el control de incorporación.</strong> Lo que significa que el consumidor no pudo entender la letra del contrato por su tamaño o redacción o, en su caso, porque no consta que aceptara dichas cláusulas mediante su firma.</li>
</ol>
<ol style="list-style-type:upper-roman;">
<li value="2"><strong>Por no superar el control de transparencia.</strong> Que significa, resumidamente, que el consumidor no pudo entender, porque no fue debidamente informado por el personal de la entidad bancaria antes de contratar, las consecuencias de la aceptación de las cláusulas del contrato. Es decir, cuál era su significado, qué implicaban y qué consecuencias económicas suponían su aceptación, lo que privó al cliente de realizar una decisión de contratar con conocimiento de causa.</li>
</ol>
<ol style="list-style-type:upper-roman;">
<li value="3"><strong>Por aplicar un interés remuneratorio contrario a la Ley de Represión de la Usura</strong>, por ser desproporcionado. Esto es, usurario.</li>
</ol>
<p>En este caso, la Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona estimó la nulidad de las cláusulas del contrato al no superar el control de incorporación, pues las cláusulas del contrato de Wizink aparecían en una letra tan diminuta que las hacían prácticamente ilegibles.</p>
<p>Lo anterior, unido a que tampoco constaba su aceptación expresa por el cliente mediante su firma, a juicio de la citada Magistrada, suponía que las cláusulas del contrato no superaban el citado control de incorporación y debían declararse nulas, pues la Sentencia razona que “<em>debe</em> <em>exigirse que (las cláusulas) se redacten de manera clara y comprensible que posibilite el conocimiento real de su contenido mediante la utilización de caracteres tipográficos legibles y una redacción comprensible.”</em></p>
<p>Aunque la citada sentencia no sea firme, no cabe duda que ratifica la necesidad de que los afectados por estas tarjetas hagan valer sus derechos ante los tribunales.</p>
<p style="margin-left:38.5pt;">&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nueva-batalla-ganada-sanahuja-miranda-obtiene-una-nueva-sentencia-anula-una-tarjeta-credito/">Nueva batalla ganada: Sanahuja Miranda obtiene una nueva sentencia que anula una tarjeta de crédito abusiva de Wizink</a> se publicó primero en <a href="https://www.sanahuja-miranda.com">Sanahuja Miranda abogados Barcelona</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Nuevo engaño de Wizink: bajada del tipo de interés al 21% TAE para evitar devolver dinero</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nuevo-engano-wizink-bajada-tipo-interes-21-tae-evitar-devolver-dinero/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2020 11:30:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Parece que Wizink Bank no aprende y busca seguir engañando a los consumidores tras la Sentencia del Tribunal Supremo nº 149/2020, de 4 de marzo. Explicamos aquí la nueva estrategia ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nuevo-engano-wizink-bajada-tipo-interes-21-tae-evitar-devolver-dinero/" class="more-link">Read More</a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead">Parece que Wizink Bank no aprende y busca seguir engañando a los consumidores tras la <u>Sentencia del Tribunal Supremo nº 149/2020, de 4 de marzo</u>. Explicamos aquí la nueva estrategia para confundir a los usuarios.</p>
<p>Como ya se explicó en el post <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/jaque-mate-banca-creditos-wizink-bank-revolving-son-usurarios">“Jaque mate a la banca! Los créditos de WIZINK BANK (revolving) son usurarios”</a>, el Tribunal Supremo ha reiterado su jurisprudencia indicando que los tipos de interés aplicados por la entidad bancaria Wizink Bank, pero también de otras entidades bancarias como Cofidis, Banco Cetelem,…, son usurarios, lo que conlleva la nulidad del contrato y la DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES ABONADAS EN EXCESO POR EL CLIENTE.</p>
<p>Pero resulta que Wizink Bank ha entendido la sentencia a medias y ha maquinado una bajada de tipos de interés, a fin de confundir a sus clientes y evitar así, tener que <u>devolver el dinero que ha cobrado de más</u>, vamos a explicarlo paso a paso:</p>
<p>1.- La Sentencia nº 149/2020 del Tribunal Supremo especifica que el dato a tener en cuenta para determinar si un interés es usurario o no será el tipo de interés publicado por el BDE a la fecha en que se firmó el contrato.</p>
<p>2.- Si se considera que el interés aplicado es usurario (por ejemplo, un 27% como en el caso enjuiciado), se declarara nulo el contrato y el banco deberá devolver todo el dinero pagado de más por el cliente.</p>
<p>3.- Wizink Bank está notificando a sus clientes que les rebaja el tipo de interés de sus contratos a un 21% TAE (es el tipo de interés publicado para el año actual, no el de la fecha de contrato).</p>
<p>4.- <u>Wizink Bank no devuelve ni un solo euro a sus clientes por haberles cobrado de más</u>.</p>
<p>5.- El cliente debe reclamar extrajudicialmente a través de abogados especialistas en la materia que se les devuelva el dinero pagado de más y, se les aplique el tipo de interés publicado a la fecha de su contrato.</p>
<p>6.- Si Wizink Bank no quiere cumplir las consecuencias de la Sentencia del Tribunal Supremo hay que presentar demanda ante los Tribunales Judiciales.</p>
<p>No te dejes engañar nuevamente por esta entidad bancaria ni por ninguna otra, con esta rebaja de tipo de interés <u>no te están haciendo ningún favor, ni están cumpliendo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, están intentando evitar devolverte el dinero que has pagado de más y que según nuestra jurisprudencia tienen que abonarte</u>.</p>
<p>No lo dudes, RECLAMA!</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nuevo-engano-wizink-bajada-tipo-interes-21-tae-evitar-devolver-dinero/">Nuevo engaño de Wizink: bajada del tipo de interés al 21% TAE para evitar devolver dinero</a> se publicó primero en <a href="https://www.sanahuja-miranda.com">Sanahuja Miranda abogados Barcelona</a>.</p>
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		<item>
		<title>Oposición a demandas de procedimiento monitorio por deudas de tarjetas abusivas</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/oposicion-demandas-procedimiento-monitorio-deudas-tarjetas-abusivas/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 Feb 2019 23:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[derecho bancario]]></category>
		<category><![CDATA[intereses]]></category>
		<category><![CDATA[monitorio]]></category>
		<category><![CDATA[revolving]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[usura]]></category>
		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se puede defender ante una demanda de monitorio en reclamación de una tarjeta de crédito abusiva.&#160; Cuando a uno le van bien las cosas, las entidades financieras le reciben con ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/oposicion-demandas-procedimiento-monitorio-deudas-tarjetas-abusivas/" class="more-link">Read More</a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/oposicion-demandas-procedimiento-monitorio-deudas-tarjetas-abusivas/">Oposición a demandas de procedimiento monitorio por deudas de tarjetas abusivas</a> se publicó primero en <a href="https://www.sanahuja-miranda.com">Sanahuja Miranda abogados Barcelona</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead">Se puede defender ante una demanda de monitorio en reclamación de una tarjeta de crédito abusiva.&nbsp;</p>
<p>Cuando a uno le van bien las cosas, las entidades financieras le reciben con los brazos abiertos y alfombra roja. Sin embargo, otro cantar es cuando se avecina tormenta.</p>
<p>Por si fuera poco, a las etapas complicadas que trae la vida <em>per se</em>, se le añaden las entidades financieras que, en lugar de ayudar a superar los baches, los agravan con una persecución telefónica feroz reclamando la deuda de unos intereses elevados y desproporcionados (usurarios) de un contrato ilegible, culminando con la interposición de un procedimiento monitorio contra el consumidor.</p>
<p>Las deudas dinerarias pueden ser reclamadas a través del llamado <strong>procedimiento monitorio</strong>, que es un procedimiento regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, Art. 812 y ss. y las entidades lo utilizan porque es un procedimiento breve y sencillo.</p>
<p>Los consumidores que reciban una demanda de procedimiento monitorio por deudas de una <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/es/area/tarjetas-abusivas">tarjeta de crédito abusiva</a>, han de ser <strong>RÁPIDOS</strong> en decidir que opción van a tomar, habida cuenta que disponen únicamente de un plazo de 20 días hábiles para contestar.</p>
<h3>¿Qué opciones tiene el afectado por una tarjeta revolving?</h3>
<p>El consumidor dispone de tres posibilidades:</p>
<ul>
<li>Pagar la deuda que se le reclama: Opción que no recomendamos,&nbsp;ya que se pierde la posibilidad de recuperar los intereses abonados de más.</li>
<li>No contestar, hacer caso omiso: Equivale a admitir la deuda, por tanto, la entidad financiera dispondrá de un título ejecutivo y podrá solicitar al juzgado que realice los embargos pertinentes para cobrar la deuda.</li>
<li>Oponerse a la demanda de procedimiento monitorio:&nbsp;Opción que recomendamos ya que da la posibilidad de <strong>DEJAR DE ADEUDAR LO RECLAMADO </strong>por la entidad bancaria e inclusive <strong>RECUPERAR EL DINERO </strong>que se ha pagado de más debido a unos intereses usurarios o cláusulas abusivas.</li>
</ul>
<p>En virtud del Art. 24.1 de la Constitución Española, todos las personas tienen <strong>DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA</strong>, esto es, el derecho a poder defender sus derechos e intereses legítimos sin que se produzca en ningún caso la indefensión.</p>
<h3>Defensa de los derechos del afectado</h3>
<p>Es justamente gracias a este derecho que si eres víctima de un abuso bancario, ya sea por una <strong>tarjeta revolving</strong> que contenga unos intereses usurarios, un contrato ilegible que no supera el control de incorporación ni el control de transparencia o cualquier otro producto, que podrás defenderte a través de la oposición que los letrados y procuradores presenten en tu nombre.</p>
<p>No por mucho madrugar amanece más temprano, la justicia española no hace distinción entre quien presenta la demanda y quien la contesta, así por tanto, los argumentos de defensa serán valorados con la misma credibilidad que los de quien ha presentado la demanda.</p>
<p>A mayor abundamiento, todos los casos en que el litigio versa sobre un contrato entre un profesional y un consumidor, tal como sucede en las tarjetas revoving, el juez está obligado a realizar un control de oficio de las cláusulas abusivas.</p>
<p>Dicho todo lo anterior, el consumidor que tenga una <strong>tarjeta revolving</strong> y se haya visto en una situación económica complicada, resultándole imposible abonar todos los recibos y que la entidad financiera le haya demandado, <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/nulidad-tarjetas-revolving-nuevo-frente-ante-entidades-bancarias">ahora ya sabe que sus derechos serán defendidos.</a></p>
<p>La oposición contendrá mayor o menor información dependiendo del procedimiento que corresponda seguir con posterioridad a la oposición del procedimiento monitorio, o bien un procedimiento verbal o un procedimiento ordinario, pero en cualquier caso, se atacará el contrato en su vertiente formal y de contenido, así como la existencia de cláusulas usurarias y abusivas, haciendo girar las tornas y consiguiendo nuevamente un David contra Goliat.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>La firma obtiene una nueva sentencia a favor de los afectados por Wizink</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/firma-obtiene-una-nueva-sentencia-favor-afectados-wizink/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Jul 2018 21:21:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[Citibank]]></category>
		<category><![CDATA[revolving]]></category>
		<category><![CDATA[tarjeta abusiva]]></category>
		<category><![CDATA[tarjeta de crédito]]></category>
		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los Tribunales empiezan a dar la razón a los consumidores y a declarar nulos los contratos de tarjeta de crédito revolving. Con esta nueva sentencia, Sanahuja Miranda abogados obtuvo la ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/firma-obtiene-una-nueva-sentencia-favor-afectados-wizink/" class="more-link">Read More</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2>Los Tribunales empiezan a dar la razón a los consumidores y a declarar nulos los contratos de tarjeta de crédito revolving. Con esta nueva sentencia, Sanahuja Miranda abogados obtuvo la devolución de 8.500 € al afectado por Wizink.</h2>
<p>El pasado 12 de abril de 2018 publicamos un artículo en el que nos hacíamos eco de la <strong><u><a href="https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/justicia-condena-wizink-tarjetas-credito-abusivas">Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Sant Feliu de Llobregat, de 9 de marzo de 2018</a></u></strong>, recaída en un procedimiento judicial instado por este despacho profesional que condenó a la entidad bancaria, Wizink Bank, S.A., a pagar a los consumidores demandantes cerca de 8.000 €.</p>
<p>A la fecha de este artículo,<strong> dicha Sentencia ya es firme</strong>. Es decir, Wizink no ha interpuesto recurso de apelación y los demandantes ya han cobrado lo que les corresponde por la nulidad de su <strong><u><a href="https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/asalto-mano-de-wizink-cuidado-con-las-tarjetas-revolving">tarjeta de crédito revolving</a></u></strong> gestionada por dicha entidad, pero originalmente comercializada por Citibank.</p>
<h3>Una nueva sentencia contra la tarjeta revolving</h3>
<p>El día <strong>22 de junio de 2018 Sanahuja Miranda Abogados obtuvo una nueva Sentencia condenatoria contra Wizink</strong>. Esta vez dictada por el Juzgado de Primera Instancia 4 de Badalona (Sentencia nº 150/2018).</p>
<p>Dicha Sentencia declara, del análisis del contrato, que “las condiciones generales allí reflejadas son de una redacción absolutamente abigarrada, prácticamente ilegible y de difícil comprensión”.</p>
<p>Esta declaración concuerda con el caso anterior, en el que la Justicia ha resuelto que el contrato debe cumplir con los controles de transparencia y de incorporación. En otras palabras, <strong>un contrato debe ser transparente</strong>.</p>
<p>Por esta misma razón, la nueva sentencia agrega: “Todo ello hace que no pueda entenderse que el consumidor, al adherirse al clausulado del contrato, hubiere podido analizar, con todos los elementos de decisión a su alcance, las consecuencias económicas reales que la perfección del contrato iba a tener sobre su patrimonio. Ello llevaría, sin más, a declarar la nulidad de las cláusulas reguladoras de los intereses remuneratorios y de la TAE”.</p>
<h3>Devolución de los conceptos pagados de más</h3>
<p>Finalmente, la Sentencia <strong>declara la nulidad de las cláusulas reguladoras de los intereses</strong> y establece que el demandante deberá pagar lo que queda de capital. Sin embargo, a ello se deberá descontar todo lo que ya hubiera pagado por todos los conceptos (intereses, comisiones, primas del seguro, etc.).</p>
<p>Teniendo en cuenta que en este caso, y como ocurre con la mayoría de afectados por las tarjetas revolving, el consumidor ya ha pagado hasta la fecha mucho más por estos conceptos que lo que debe de capital, <strong>el cálculo arroja un saldo a su favor de aproximadamente 8.500 € que Wizink deberá devolverle.</strong></p>
<h3>¿Qué significa esta nueva sentencia contra Wikink?</h3>
<p>Esta Sentencia supone una nueva e importante victoria en los Tribunales de los afectados por estas tarjetas de crédito a todas luces abusivas.</p>
<p>Si Usted es uno de los afectados, <strong>no se conforme con pagar cada mes una elevada cuota</strong> por su tarjeta revolving sin que apenas consiga amortizar capital. Contacte con este despacho profesional: lo atenderemos gustosamente y lo podremos guiar en su reclamación para recuperar lo pagado de más en concepto de intereses, comisiones y primas del seguro derivados de su tarjeta revolving, y así liberarle de su deuda.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>La Justicia condena a Wizink por las tarjetas de crédito abusivas</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/la-justicia-condena-wizink-por-las-tarjetas-de-credito-abusivas/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Apr 2018 22:01:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[reclamación]]></category>
		<category><![CDATA[revolving]]></category>
		<category><![CDATA[tarjeta abusiva]]></category>
		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Sanahuja Miranda Abogados obtuvo una resolución el 9 de marzo pasado que condena las tarjetas de crédito abusivas de Wizink Bank, y por la cual deberá devolver 8.000 € al ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/la-justicia-condena-wizink-por-las-tarjetas-de-credito-abusivas/" class="more-link">Read More</a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>Sanahuja Miranda Abogados obtuvo una resolución el 9 de marzo pasado que condena las tarjetas de crédito abusivas de Wizink Bank, y por la cual deberá devolver 8.000 € al consumidor.</h2>
<p>El pasado 9 de marzo de 2018, Sanahuja Miranda Abogados obtuvo una resolución judicial que condena y pone en su lugar a Wizink Bank.</p>
<p>La nueva Sentencia obtenida ante los Tribunales de justicia (Sentencia nº 51/2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sant Feliu de Llobregat) declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito Revolving de Wizink Bank.</p>
<p>De esta forma, condena a la entidad bancaria a reintegrar unos 8.000 € al actor. Esta cifra equivale a las cantidades abonadas por el consumidor que exceden del capital total que el banco le había abonado efectivamente.</p>
<h3>Un interés desproporcional</h3>
<p>Tal como habíamos advertido el año pasado <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/asalto-mano-de-wizink-cuidado-con-las-tarjetas-revolving">en otro artículo</a>, el Banco de España publica mensualmente la media del tipo de interés TAE para créditos al consumo. Sin bien la media en los 10 últimos años <strong>el TAE promedio para productos al consumo en los últimos 10 años es de 9,59%</strong>, la tarjeta Revolving aplicaba <strong><u>27,24%</u></strong>, de interés.</p>
<p>Sin embargo, la usura de los intereses no es el único abuso existentes en este producto bancario litigioso.</p>
<h3>La cláusula suelo: el antecedente clave para la transparencia</h3>
<p>Además de los intereses abusivos, el contrato de la tarjeta no cumple con los controles de transparencia y de incorporación.</p>
<p>Dichos controles se basan en la sentencia del 9 de mayo de 2013 relativa a la cláusula suelo. Esta se convirtió en la abanderada de la defensa de consumidores en elementos tan básicos como la obligación de <strong>información previa, la corrección formal de los productos bancarios y la transparencia de las consecuencias económicas y jurídicas de la contratación de los mismos.</strong></p>
<p>Sanahuja Miranda Abogados basó su caso justamente sobre estos controles, y centró su atención en los elementos más básicos del derecho contractual entre consumidores y profesionales. De esta forma, determinó que el contrato contiene cláusulas predispuestas y no negociadas que han de cumplir con lo establecido en el Art. 5 y 7 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación y los Art. 10 y 12 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo.</p>
<p>¿Qué significa esto? Pues, que es <em><u>IMPRESCINDIBLE</u> </em>que las <strong>cláusulas del contrato ofrezcan al consumidor de manera completa y específica la totalidad de condiciones a las que quedarán sujetos los clientes.</strong> Para ello debe haberse firmado el clausulado y sino, en palabras de la propia sentencia, “resulta harto difícil que los demandantes conocieran verdaderamente su contenido”.</p>
<h3>Un contrato ilegible</h3>
<p>A todo ello hay que añadir el incumplimiento y abuso más básico de todos, <strong>un contrato debe ser legible</strong>. Sobre esta cuestión, el juzgado indica de manera clara:</p>
<p>“En este sentido, conviene señalar que el contrato contiene unas 18 condiciones más un anexo en una letra que por su tamaño resulta prácticamente ilegible, y así debe considerarse, que <strong>este contrato, ni por su sistemática ni por su presentación supera el control de transparencia</strong>, en los términos en que viene siendo exigido por la Sala 1ª Tribunal Supremo”.</p>
<p>Por todo ello, el juez resolvió que los contratos de tarjeta de crédito Revolving de Wizink Bank no cumplen con el control de incorporación ni de transparencia.</p>
<h3>Cómo obtener un reintegro de las comisiones</h3>
<p>En caso de que tú también hayas sido afectado por los intereses abusivos y las irregularidades del contrato de una tarjeta de Wizink Bank, entonces te recomendamos obtener asesoramiento de una firma de abogados.</p>
<p>Tal como explicamos en este artículo, como consumidor te encuentras en tu derecho a reclamar aquellos montos abonados en exceso al préstamo obtenido por el banco. Incluso, en algunos casos, se estima que el reintegro puede llegar a ser de hasta 8.000 €.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/la-justicia-condena-wizink-por-las-tarjetas-de-credito-abusivas/">La Justicia condena a Wizink por las tarjetas de crédito abusivas</a> se publicó primero en <a href="https://www.sanahuja-miranda.com">Sanahuja Miranda abogados Barcelona</a>.</p>
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		<title>Asalto a mano de WIZINK, cuidado con las Tarjetas Revolving</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/asalto-mano-de-wizink-cuidado-con-las-tarjetas-revolving/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 Jul 2017 13:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[crédito revolving]]></category>
		<category><![CDATA[nulidad]]></category>
		<category><![CDATA[reclamación nulidad]]></category>
		<category><![CDATA[revolving]]></category>
		<category><![CDATA[tarjeta revolving]]></category>
		<category><![CDATA[usura]]></category>
		<category><![CDATA[WIZINK]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cuidado con las Tarjetas de créditos Revolving y los intereses que aplican al respecto. Últimamente la entidad WIZINK bombardea al consumidor con publicidad de sus “maravillosos” productos, aquellos que te ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/asalto-mano-de-wizink-cuidado-con-las-tarjetas-revolving/" class="more-link">Read More</a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead">Cuidado con las Tarjetas de créditos Revolving y los intereses que aplican al respecto.</p>
<p>Últimamente la entidad WIZINK bombardea al consumidor con publicidad de sus “maravillosos” productos, aquellos que te sacaran de cualquier apuro, pero, <em>¿realmente se conoce el funcionamiento de estas tarjetas?</em></p>
<p>Uno de los slogans más utilizados por la entidad es el siguiente:</p>
<div>
<p align="center">“La tarjeta Wizink Oro es pagar cada mes lo que te convenga”</p>
</div>
<p>Veamos que se esconde detrás de esta llamativa oferta; hacer una compra y aplazar su pago conllevará unos intereses, estos intereses han de ser proporcionados, así, a modo informativo el Banco de España publica mensualmente la media del tipo de interés TAE para créditos al consumo, entre el año 2007 al 2017 el tipo de interés TAE medio para productos al consumo más elevado ha sido de 11,72% y el mínimo ha sido de 7,47%, por tanto, podríamos establecer que <strong>el TAE promedio para productos al consumo en los últimos 10 años es de 9,59%</strong>.</p>
<p>Cuando acudimos a la página web de Wizink para observar el TAE que se aplicará en nuestra tarjeta quedamos atónitos ante el <strong><u>27,24%</u></strong>, sin duda alguna <strong><u>este interés es desproporcional</u></strong>.</p>
<h3>¿Cómo se traduce la desproporción del tipo de interés en las normas legales?</h3>
<p>Ya en 1908 se determinó que “<strong>S<em>erá nulo todo contrato</em></strong><em> de préstamo en que se estipule un <strong><u>interés notablemente superior al normal del dinero</u></strong> y manifiestamente <strong><u>desproporcionado con las circunstancias del caso</u></strong> o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.”</em></p>
<p>Esto es que aquel interés que encaje en la definición anterior del Art. 1 de la ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura, habrá de ser declarado usurario y que en consecuencia <u>será nulo el contrato de préstamo en que este inserto el interés usurario</u>, y por tanto reclamable.</p>
<p>Por aplicación de tipos usurarios ya existen sentencias contra la entidad Wizink, desde Primera Instancia (p.ej. Sentencia nº 241/2016 del JPI nº2 de Gijon) como de Segunda Instancia (p. ej. Sentencia nº38/2016 de la AP de Gipuzkoa), así mismo, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre una tarjeta con características, en cuanto a tipo de interés, idénticas a las de Wizink <strong>a favor del consumidor </strong>(STS nº 628/2015).</p>
<p>Podemos concluir que “lo barato sale caro” y este es un claro ejemplo, <u>aplazar los pagos con una tarjeta que aplique un tipo de interés usurario hará que acumulemos una deuda sin control</u>.</p>
<p>Aquel consumidor que tras leer este artículo se pregunte si su tarjeta opera con un tipo de interés usurario y, que tras rebuscar entre los papeles no encuentre su contrato ni los recibos que mensualmente ha abonado, le recomendamos que envíe un burofax solicitándolos y proceda a contactarnos para la realización de la reclamación extrajudicial y, si fuera necesario, la reclamación judicial.</p>
<p>La entrega de estos contratos y recibos ha de entregarse por la entidad con carácter <strong>GRATUITO, </strong>así la <strong>Orden EHA/2899/2011</strong> de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios señala</p>
<p>“<em><strong>las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar de documento contractual en que se formalice el servicio recibido</strong></em>”, con independencia del tipo de contrato y sin necesidad de solicitud previa del mismo, e indica que “<em><strong>Las entidades de crédito deberán conservar el documento contractual y poner a disposición del cliente copia del mismo siempre que éste lo solicite</strong></em>”.</p>
<p>En el mismo sentido, la <strong>Circular 5/2012 del Banco de España</strong> extiende a todos los servicios bancarios la obligación de las entidades de crédito de entregar al cliente, de <u>forma gratuita</u>, el ejemplar del documento contractual en que se formalicen dichos servicios, bien en soporte electrónico duradero, bien mediante copia en papel.</p>
<p>En conclusión, si ha contratado una de estas tarjetas asesórese con <span data-sheets-value="{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:&quot;abogados tarjetas revolving&quot;}" data-sheets-userformat="{&quot;2&quot;:6147,&quot;3&quot;:{&quot;1&quot;:0,&quot;3&quot;:1},&quot;4&quot;:{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:16776960},&quot;14&quot;:{&quot;1&quot;:3,&quot;3&quot;:1},&quot;15&quot;:&quot;Arial&quot;}"><a href="https://www.sanahuja-miranda.com/tarjetas-abusivas/">abogados tarjetas revolving</a>, letrados especialistas en este tipo de abusos, para asesorarse </span>dado que debe estar abonando un interés del todo desproporcional y no ajustado a Derecho, sufriendo un perjuicio económico importante que puede reclamar.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/asalto-mano-de-wizink-cuidado-con-las-tarjetas-revolving/">Asalto a mano de WIZINK, cuidado con las Tarjetas Revolving</a> se publicó primero en <a href="https://www.sanahuja-miranda.com">Sanahuja Miranda abogados Barcelona</a>.</p>
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		<title>Nulidad del Crédito Revolving: Soluciones para su reclamación</title>
		<link>https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nulidad-del-credito-revolving-soluciones-para-su-reclamacion/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sanahuja]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Apr 2017 15:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tarjetas revolving]]></category>
		<category><![CDATA[crédito revolving]]></category>
		<category><![CDATA[nulidad]]></category>
		<category><![CDATA[reclamación nulidad]]></category>
		<category><![CDATA[revolving]]></category>
		<category><![CDATA[tarjeta revolving]]></category>
		<category><![CDATA[usura]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Qué es un crédito revolving? Un crédito revolving es un crédito de consumo, que se presentan con formato de tarjeta de crédito normalmente. Este crédito establece un límite máximo y, ... <a href="https://www.sanahuja-miranda.com/blog/nulidad-del-credito-revolving-soluciones-para-su-reclamacion/" class="more-link">Read More</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p class="lead"><u><strong>¿Qué es un crédito revolving?</strong></u></p>
<p class="lead">Un crédito revolving es un <strong>crédito de consumo</strong>, que se presentan con formato de tarjeta de crédito normalmente.</p>
<p>Este crédito establece un <strong>límite máximo</strong> y, a medida que se realizan disposiciones disminuye el crédito disponible (igual que sucede con cualquier otro tipo de crédito) sin embargo, con los créditos revolving al realizar el abono mensual se <strong>vuelve a tener crédito</strong> para disponer, es decir lo que abonamos podremos volverlo a gastar y así ilimitadamente. Esta es precisamente la <u>diferencia principal con otras opciones de crédito</u> que puede ofrecer una entidad financiera, un crédito hipotecario o personal una vez se ha utilizado el crédito no puede volver a utilizarse.</p>
<p>Otra característica principales de las tarjetas revolving es su posibilidad de pago aplazado o bien abonando un porcentaje de la deuda o una cuota fija. Ahora bien estos pagos aplazados conllevan el pago de intereses que suelen <strong>ser bastante altos y aquí es donde aparecen los problemas de las tarjetas de crédito revolving.</strong></p>
<h3><u><strong>¿Qué debemos tener en cuenta al contratar un crédito?</strong></u></h3>
<p>A la hora de solicitar un crédito, es importante prestar atención al tipo de interés que nos van a cobrar por prestarnos el dinero, esto nos permitirá comparar las distintas ofertas que tengamos. Para ver el interés hay que fijarse en el tanto por ciento (%) de TAE (Tasa anual equivalente) contra más alto es este, más caro es el dinero que nos están prestando.</p>
<p>Como decía en el caso de los créditos revolving suelen tener unos <strong>tipos de interés anuales</strong> superiores al <strong>20% TAE</strong>, lo cual es alto a los tipos de interés que publica el banco de España para este tipo de productos financieros, todo ello, sin olvidar que se incrementara la deuda con todo tipo de comisiones<strong>. Por tanto, este tipo de tarjetas impone un tipo de interés completamente usurario.</strong></p>
<h3><u><strong>¿Porqué es usurario?</strong></u></h3>
<p>La usura la encontramos regulada en la <u>Ley de 23 de julio de 1908 de Represión de la Usura</u> y esta nos indica que “<em>será usurario el interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado en relación con las circunstancias del caso</em>” así comparándolos con los publicados en el BDE son muy superiores y desproporcionados al riesgo del producto.</p>
<h3><u><strong>¿Hay sentencias favorables al consumidor?</strong></u></h3>
<p>Sí, hay sentencias tanto en las instancias menores como del Tribunal Supremo, sin ir más lejos el 25 de noviembre de 2015 el Tribunal Supremo publicó una sentencia contundente en relación a las tarjetas revolving que declaraba nulo el contrato de crédito y obligaba a la entidad a devolver los intereses cobrados a los consumidores.</p>
<p>Por tanto si es un afectad@ de los créditos revolving no dude en ponerse en contacto con nosotros, <span data-sheets-value="{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:&quot;abogados tarjetas revolving&quot;}" data-sheets-userformat="{&quot;2&quot;:6147,&quot;3&quot;:{&quot;1&quot;:0,&quot;3&quot;:1},&quot;4&quot;:{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:16776960},&quot;14&quot;:{&quot;1&quot;:3,&quot;3&quot;:1},&quot;15&quot;:&quot;Arial&quot;}"><a href="https://www.sanahuja-miranda.com/tarjetas-abusivas/">abogados tarjetas revolving</a></span> y procederemos al estudio del caso y a su reclamación.</p>
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