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Las reclamaciones y defensas de derechos concursales es uno de los servicios que prestamos desde nuestros inicios como abogados de Barcelona y Madrid.

Abogados reclamación concursal

En la actualidad y dada la situación global, nos encontramos ante un aumento muy elevado de los concursos de acreedores que constan presentados ante los diversos Juzgados de lo mercantil.  S&M presta su asesoría jurídico- legal a su empresa tanto en la presentación de concurso voluntario ante el Juzgado mercantil así como a los acreedores a fin de que su crédito sea reconocido. Destacamos los siguientes servicios:

Acreedores

Presentación de demanda de concurso necesario frente a la deudora, comunicación del crédito, personación en el concurso, defensa de los intereses de su crédito ante la jurisdicción mercantil competente. Presentación de incidentes concursales -recursos de reconocimiento/impugnación del crédito, calificación del crédito, rolex pearlmaster replica impugnación inventario y/o bienes y derechos de la concursada, gestión de recuperación del IVA del crédito debido por la concursada, responsabilidad del Administrador, etc.

Empresa

Presentación de la demanda de concurso voluntario, ejecución de los ajustes de plantilla que la empresa pueda requerir para su superviviencia (ERE, etc), Proyectos de viabilidad de la empresa, defensa de los intereses de la concursada, etc. Cabe destacar que ante los Concursos de las Promotoras y Constructoras Inmobiliarias, se destaca:

  • Personación en el concurso y comunicación del Crédito. Trámite judicial concursal, defensa de los intereses del acreedor.
  • Resolución del Contrato de compraventa/arras con la Promotora concursada. Presentación de incidente concursal si procede. Oposición frente a la concursada, límites del «interés del concurso».
  • Reclamación de las cantidades anticipadas a la Promotora en concurso, frente a la Compañía Aseguradora – Entidad Bancaria que garantizase los pagos efectuados a cuenta del inmueble en construcción. Ley 57/1968.
  • Reclamación amistosa y presentación de demanda frente a la Compañía Aseguradora – Entidad Bancaria que afianzaba las cantidades anticipadas.

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