NO A LAS TASAS JUDICIALES #T

Sanahuja MirandaDerecho legalLeave a Comment

Desde Sanahuja Miranda mostramos nuestro absoluto rechazo a la Ley de Tasas por ser contraria a la justicia social consagrada en nuestra Constitución, por ignorar el derecho de igualdad de todos los ciudadanos así como por ir en contra del principio fundamental del derecho a una tutela judicial efectiva.

La obligación de pago de las tasas judiciales es una gravísima merma de derechos fundamentales recogidos no sólo en nuestra Constitución y Ordenamiento Jurídico, sino de los Derechos Humanos más básicos. 

Son muchas las razones por las que nos oponemos frontalmente a dicha Ley, entre muchas por las siguientes: 

  • Porque la Ley de tasas es una violación al Estado de Derecho siendo claramente contraria a la tutela judicial efectiva establecida en el Artículo 24 de la Constitución.
  • Porque limita e impide el acceso a la Administración de Justicia a la gran mayoría de ciudadanos, impartiéndose Justicia únicamente previo pago de dichas tasas. 
  • Porque destruye claramente un pilar fundamental del Estado de Derecho, basado en un principio básico como el que los ciudadanos tengan derecho de acceso a una Justicia gratuita y de calidad.
  • Porque niega e impide el ACCESO a la Justicia a todos los ciudadanos, la justicia no se paga.  
  • Porque además de limitar el derecho a la Justicia las cuantías establecidas en dicha Ley son totalmente desorbitadas y fuera del alcance de la ciudadanía.

En el orden civil, y a modo de ejemplo:

o   Para un gran lesionado de un accidente de tráfico que reclame 600.000€ al haber quedado gravemente lesionado e incapacitado, obligarle a pagar 900€ de tasa judicial para interponer la demanda y poder acceder a una Sentencia, NO es Justicia. 

o   Para el ahorrador de unas preferentes o deuda subordida que ha perdido todos los ahorros de su vida, digamos, 60.000€ obligarle a pagar 360€ de tasa judicial para interponer la demanda y poder acceder a una Sentencia, NO es Justicia.

o   Porque la obligación de pago de 800€ de cuantía fija en un recurso de apelación, es una absoluta barbaridad. Es una suma totalmente desproporcionada e inaccesible a la mayoría de la población española; el hecho que si no se paga tal ingente suma no hay Justicia es un ejemplo evidente del retroceso de derechos que implica la Ley de Tasas. 

o   Que el recurso de apelación en el caso del gran lesionado indicado anteriormente tenga que abonar 1.400€ por tasa judicial y de 1.800€ para un recurso de casación es, simplemente una animalada; al igual que los 950€ que tendría que pagar para acceder a la apelación el ahorrador de las preferentes o deuda subordinada y los 1.350€ para la casación. 

En el orden contencioso administrativo, al lesionado por normal o anormal funcionamiento de la administración tal como un defectuoso mantenimeitno de una carretera o negligencia en un Hospital público que se le cause un perjuicio y daño valorado en 300.000€ no puede obligársele a pagar la suma de 500€ para poder obtener una Sentencia. 

En el orden social, La Ley establece el pago de la tasa judicial en la interposición de recursos de suplicación y de casación en el orden social. Estarán exentos el trabajador, el beneficiario de la Seguridad Social,  el  funcionario o  personal estatutario, los sindicatos  que interpongan recursos de suplicación o de casación en el Orden Social, ni siquiera respecto de recursos interpuestos con anterioridad al RDL 3/2013. 

En la jurisdicción de familia, para interponer una demanda de divorcioseparación o modificación de medidas, siempre que el asunto no verse únicamente sobre los menores de edad, se pagará en concepto de tasas un mínimo de 150 Euros.

Si se dicta una Sentencia del Juzgado de Primera Instancia y se está de acuerdo, entre otras cosas, con las cuestiones patrimoniales como por ejemplo el importe de la pensión compensatoria, debemos pagar un mínimo de 800 € para poder presentar recurso de apelación. 

Para interponer una demanda en reclamación de alimentos a un familiar mayor de edad, se pagará un mínimo de 150 €, sin tener en cuenta obviamente que si se interpone este tipo de demanda, es precisamente por  encontramos en una situación económica más que precaria.

Que para que la justicia reconozca nuestros derechos, imponga el pago de dichas tasas y en dichas cuantías  simplemente no es Justicia. 

Por todo lo anterior, no podemos más que reiterar nuestro rechazo a las #TasasJudiciales en defensa de los intereses y derechos de todos los ciudados.  

La Justicia y el derecho de acceso a la misma no es un Servicio, es un derecho fundamental que no debe estar sujeto a ningún pago #T 

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