Seguro de Vida: Falta de presentación del cuestionario de salud cuando se realiza por Agente Bancario en funciones de Agente de Seguros

Fernando SanahujaSeguros de vida88 Comments

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En la actualidad nos estamos encontrando que con cada vez mayor frecuencia las Compañías Aseguradoras de los Seguros de Vida rechazan los siniestros alegando la falta de notificación por parte del asegurado de una patología previa o bien de no cumplimentar debidamente el denominado cuestionario de salud.

Jurídicamente dichos conceptos los relacionan con los Artículos 10.3 y 89 de la Ley de Contrato de Seguro.

Según es común en el tráfico mercantil habitual, los seguros de vida están en la actualidad muy ligados a los productos financieros (básicamente a los préstamos hipotecarios) estableciéndose habitualmente y como mínimo una cobertura de, al menos, el 50% de la suma de la operación vinculada.

El problema, y, más en el presente estado de crisis económica y financiera está cuando lamentablemente se dan las causas para que exista lo que denominan como “siniestro”, es decir, que al asegurado/-a le diagnostican una enfermedad que acarree la declaración de incapacidad permanente absoluta o bien por causa de fallecimiento, la Compañía del Seguro de VIDA alega falta de cobertura por no haber declarado “preexistencias” en relación al estado de salud previo a la conclusión del contrato de seguro.

La cuestión radica en el hecho que los asegurados/-as cuando declaran su estado de su salud, únicamente firman un documento que no tiene la calificación jurídica de cuestionario de salud en la gran mayoría de ocasiones, en la misma Oficina de la Entidad Bancaria del préstamo (hipotecario o no) al que se encuentra vinculado el Seguro de Vida y, ante un Agente Bancario que hace las veces de Agente de Seguros.

Naturalmente, la Compañía de Seguros de Vida o es titularidad, participada o del propio grupo de la Entidad Bancaria.

Para más inri, al aspirante a asegurado ni se le exige por la Entidad Asegudora una exploración física para contrastar su estado de salud, ni tampoco el precitado Agente bancario en funciones de Agente de Seguros tiene conocimiento alguno de salud; para rematar, se le suelen presentar a la firma unos documentos con las respuestas ya mecanografiadas y, en abundantes ocasiones, con errores de bulto tales como indicar datos que objetivamente no son del asegurado/-a.

Dicha grave práctica de las Entidades Aseguradoras está teniendo una reiterada respuesta por parte de nuestros Juzgados y Tribunales al establecerse que tales prácticas “equivalen a la falta de presentación del cuestionario de salud” y, por tanto, ante la falta de cuestionario de salud no podrá apreciarse las alegaciones de dichas entidades de existencia de “preexistencia” o de “mala fe del asegurado” (Arts. 10.3 y 89 LCS)

Buen ejemplo de lo anterior lo constituyen las Sentencias del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2001, 4 de abril de 2007, 20 de abril de 2009 o la de 4 de enero de 2008 en el que se expone perfectamente la situación descrita así como la resolución judicial ante tales abusos de las Entidades Aseguradoras, concluyendo todas ellas en que si “el agente de la aseguradora fue quién rellenó el cuestionario que el tomador del seguro se limitó a firmar, ello equivale a una falta de presentación del cuestionario, cuyas consecuencias no pueden hacerse recaer sobre el asegurado”

De conformidad con lo anterior debemos tener en consideración lo siguiente:

  • Según dicha Jurisprudencia incontrovertida que sienta el Tribunal Supremo, inexistencia de “cuestionario de salud” debidamente presentado por la Aseguradora al asegurado/-a, y por tanto, a falta de dicha presentación no cabe hablar de falta de comunicación de patologías previas y, en definitiva, alegar los Arts. 10 y 89 LCS (en este mismo sentido Sentencia de la A.P. Barcelona de 15 de mayo de 2008, Sala Decimocuarta, Ponente: D. Francisco Javier Pereda Gámez)
  • Tampoco podrá, en términos genéricos, establecer que el Asegurado/-a ha actuado con “dolo o mala fe” en el sentido establecido en los Arts. 89 y 10 LCS según la doctrina expuesta anteriormente y cuya jurisprudencia hemos reseñado anteriormente.

En atención a todo lo anterior, aconsejamos que de estar en una situación similar a la descrita se efectúe reclamación, ya sea extrajudicial o extrajudicial, mejor si es con asesoría de un bufete de abogados de seguros de vida para velar por la defensa de los intereses del perjudicado así como de conformidad con lo establecido en dichos contratos de seguro.

88 Comments on “Seguro de Vida: Falta de presentación del cuestionario de salud cuando se realiza por Agente Bancario en funciones de Agente de Seguros”

  1. Buenas tardes
    Buenas tardes sr.Sanahuja,quiero explicarle brevemente algo de lo que hace muy pocos dias me entere por la misma aseguradora Caser,y por casualidad,y es la existencia de una poliza que en su registro les sale contratada a mi nombre con el nombre de producto Seguro renovable temporal individual,suscrito el dia 30 -11-2009 y cancelado el 30-11-2010,me cobraron un recibo de 66,69 euros.Les he solicitado tanto a la aseguradora como al Banco Sabadell Mediador de Seguros que me envien la copia de ese seguro con mi firma,ya que no recuerdo para nada haberlo realizado yo ni firmado,ni nada de nada.Mi pregunta es …que sucederia si esa poliza no consta ningun documento por mi parte que fuera contratada y firmada por mi,realizandome ese cobro de 66,69 euros,asi como su cancelacion.Que delitos podria haber realizado la aseguradora y el banco,pregunto.Muchas gracias.

  2. Seguro Vida e IPA vinculado a prestamo hipotecario.
    Hola, Fernando, te relato un poco mi situación, nací en el 1969, con 17 años de edad se me diagnostíca enfermedad muscular. En el 2003 suscribo préstamo hipotecario con una serie de exigencias apartes, entre ellas contratación de póliza de seguro, en la póliza se detalla que reconozco haber recibido, nota informativa, y haber sido sometido a un cuestionario de salud, que dice estará anexo al contrato de forma inseparable, pero no está.

    Estos documentos se firmaron en la misma entidad y por la misma persona que me realizó la gestión del crédito, un agente bancario.

    A los cuatro años de firmar en el 2007, se me reconoce una IPA, por sentencia judicial,que tiene que ver con la misma enfermedad mencionada anteriormente, enfermedad muscular, a partir de ahí cobro pensión en el mismo banco donde tengo el crédito y pago las primas de seguro, banco y compañia son del mismo grupo.

    Al cabo de todo este tiempo, yan han pasado casi 9 años desde la IPA, me comentan que puedo reclamar el pago de la póliza, e incluso he leido que mi entidad bancaria no ha actuado de buena fé conmigo y no ha defendido mis intereses como cliente, ya que ella sabe sobradamente que estoy cobrando una pensión por IPA y además ella es la beneficiaria del pago de la póliza, así que podría haber comentado conmigo esta situación, (pero como banco y entidad aseguradora son del mismo grupo, pues cobran por dos lados).

    Mi pregunta referente a este tema, es ¿que si es conveniente reclamar el pago del seguro hipotecario, teniendo encuenta que ya padecía la enfermedad cuando realicé, las gestiones del crédito? y teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, yo no recuerdo haber realizado ningún tipo de cuestionario, además el agente bancario cuando firmé la hipoteca, vió mi caminar con dificultad, pero no me preguntó nada al corriente de mi cojera.

    1. Foto Fernando Sanahuja

      Seguro Vida e IPA vinculado a prestamo hipotecario.
      Buenas tardes Javier,

      En primer lugar agradecerte la confianza al efectuarme tu consulta y exposición de tu situación.

      En relación a los hechos que me indicas hay que diferenciar dos cosas:

      a/ Existencia o no de cuestionario de salud, modo de suscripción de la póliza y los efectos que ello pueda tener en tu caso. Básicamente para resolver estas dudas tendríamos que solicitar primero amistosamente mediante una reclamación la solicitud de seguro, cuestionrario y demás y si no lo aportan, vía judicial mediante Diligencias Preliminares (mirar post en este sentido: https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/seguro-de-vida-como-obtener-el-cuestionario-de-salud-cuando-la-aseguradora-se-niega-entregarlo)

      b/ Plazo para el ejercicio de la acción en seguros de vida. El Art. 23 LCS establece un plazo de CINCO años desde el siniestro si bien en supuestos como el que me indicas, vinculación directa entre Aseguradora y Entidad Bancaria con conocimiento de ésta última de la existencia de una IPA y de domiciliaciones de la pensión por el INSS puede entenderse notificada la existencia de la IPA y, por tanto, salvado dicho escollo de prescripción. Es importante saber todos los detalles y pormenores en estos supuestos por lo que ruego me remitas un Email o me comuniques tu teléfono para comentarlo con profundidad puesto que, a priori, en tu caso éste será el primer conflicto que tendremos con la Aseguradora de vida.

      Quedo a tu entera disposición.

      Saludos cordiales,

  3. Préstamo y Gran Invalidez
    Buenos días.
    Gracias de antemano por su colaboración porque sino no sabría donde acudir. Me han dado una Gran Invalidez en 2015 y tenía un seguro de préstamo hipotecario con el Santander.
    Solicito el pagp del préstamo que corresponde en noviembre y adjunto toda la documentación que tenía. No tengo el cuestionario de salud y se lo pido a mi sucursal bancaria quien me lo facilita y veo que sólo está firmado por mi marido, tanto el seguro como el cuestionario de salud que está sin rellenar.
    Me han dado la GI por tener un problema de retina desde mi nacimiento que se ha complicado con otras patologías. Mi marido me dice que no recuerda haber firmado el cuestionario de salud porque sino hubiera hecho constar esa patología mía si lehubieran preguntado por mi salud.
    Ahora todo es pedirme informes que no tengo en mi poder la aseguradora, yo les he explicado que llevo 13 años pagando el seguro y que nunca hubiera querido que me dieran una GI por todo lo que colleva, LLevaba mas de 20 años en el mismo puesto de trabajo.
    Es 18 de enero y no me dicen nada de nada los del seguro, sólo me piden informes que no sé de donde sacarlos a pesar de tener el dictamen equipo del INSS donde dicen que mi patología era de nacimiento pero que ha degenerado en mas complicaciones etc.
    Yo no se que es lo que debo hacer ahora. No me dan respuesta.
    Por favor, díganme que es lo que tengo que hacer y si tengo posibilidad de cobrar el seguro o tiro la toalla.
    Muchas gracias.

    1. Foto Fernando Sanahuja

      Préstamo y Gran Invalidez
      Buenas tardes,
      Gracias por su confianza al efectuarnos su consulta.
      En relación a lo que nos indica, y a la vista de lo expuesto considero que su reclamación tiene visos de ser viable por lo siguiente:
      a) El cuestionario de salud únicamente va a nombre y/o está firmado por su marido y no por Ud. por lo que se tiene por no presentado por la Aseguradora a sus efectos.
      b) El cuestionario de salud no está firmado por Ud. por lo que no puede acoger la postura de falta de declaración de patologías/preexistencias por cuanto si no se pasa ni a la firma el cuestionario no cabe “dolo o culpa grave”. Sencillamente es imposible.
      c) Dado que no consta cuestionario de salud la Aseguradora no puede alegar el Art. 10.3 y 89 LCS y debiera darse cobertura a la suma asegurada suscrita.
      Ruego me facilite su teléfono para comentar el asunto así como que me pueda remitir el cuestionario de salud de referencia.
      Quedo a su disposición.
      Saludos cordiales,

  4. Deuda bancaria padre fallcido
    Hola fernando, el caso que se presenta en mi familia es que mi papa meses antes de fallecer pidió un prestamo bancario y no les informo de su enfermedad, nosotros nos dimos por enterados después de su muerte ya que el.vivia con otra señora en esos momentos, ahora el banco esta llamando a mi madre para que pague la deuda ya que ellos no se divorciaron y los del seguro no responden aludiendo que el debio informar lo de.su enfermedad, ahora estan amenazando con embargar las.propiedades de mi padre.
    Podrias decirme porfavor que puedo hacer en este caso.

    1. Foto Fernando Sanahuja

      Deuda bancaria padre fallcido
      Buenos días Shirly,
      Gracias por tu comentario, para pronunciarme debidamente tendría que ver el condicionado particular y general de la póliza y muy especialmente el cuestionario de salud.
      Adjunto mail para que me lo puedas enviar: fsanahuja@sanahuja-miranda.com
      Saludos cordiales,

  5. seguro de vida
    Hola, el año pasado murió mi suegra y los del seguro nos dan mil vueltas,despues de entregar todos los papeles que pedían,ahora dicen que les falta el papel del evi,de la seguridad social,no quieren pagar o nos estan dando vueltas xque sí? En referencia al cuestionario de salud,debo indicar que venía grapado con la copia del contrato,esto es bueno o malo?,nosotros ya entregamos tosos los certificados medicos y parece ser que a lo mejor tenía una discapacidad del 33%,pero no es seguro,usted que opina de todo esto? Gracias y un saludo

    1. Foto Fernando Sanahuja

      seguro de vida
      Buenas tardes,
      La situación que me explica es bastante habitual siendo actuación constante de las Aseguradoras. No tiene porqué ser motivo de rechace pero tampoco tiene por qué no serlo.
      En relación a la viabilidad debería estudiar el caso concreto con la póliza, antecedentes, cuestionario de salud, etc.
      Quedo a su disposición @ fsanahuja@sanahuja-miranda.com
      Saludos cordiales,

  6. seguro vida e invalidez
    Hola Fernando. A ver si me puedes aclarar un poco este lio que tengo. Mi marido tenia una poliza de vida e invalidez permanente. El INSS le da la invalidez total el 2/11/15, pasando a tramitar un expediente en la compañia por si podiamos cobrar la invalidez, cosa bastante dificil pues para la compañia, la invalidez es que estes sin piernas ni brazos.Les vamos facilitando toda la documentacion que nos solicitan, y en un principio dudaban de que hubiesemos hecho la poliza sabiendo la enfermedad. Tengo la mala suerte, que mi marido fallece el pasado mes de Diciembre, cuando aun no nos habian comunicado si estaba aprobado o no el siniestro. Les remito la documentacion relativa al fallecimiento, pero ellos siguen tramitando por invalidez y siguen pidiendo informes. A finales de Febrero nos dicen que tenemos aprobada la invalidez, a lo que yo les pregunto que como van a declarar invalido, a un fallecido hace dos meses. Bueno, ellos siguen en sus trece, y yo he hablado con mucha gente que esta en temas de seguros y me dicen que no, que tienen que pagarlo por fallecimiento, incluso hable con un notario y me dijo que al no formar parte de la masa hereditaria en el momento del fallecimiento, no formaba parte de su herencia. Ya no se que camino tomar. Incluso hable con un conocido que trabaja en Vida en esa compañia y no me supo contestar. A ver si tu me puedes aclarar un poco la situacion para saber que camino tomar. Gracias y un saludo.

    1. Foto Fernando Sanahuja

      seguro vida e invalidez
      Buenos días Mari Carmen,
      A mi juicio lo normal es que se dedujera por la garantía de incapacidad dado que fue la primera en manifestarse (y, finalmente acordarse como indicas). En virtud a la Ley de Contrato de Seguro, debiera aplicarse en virtud a dicha prestación (Arts. 1 y 4, entre otras).
      En todo caso, de lo que no cabe duda es que deben dar cobertura a la póliza.
      Si necesitas cualquier otra cosa no dudes en indicármelo.
      Saludos cordiales,

  7. Seguro vida
    Buenos días mi suegro murio en enero en el parte de defunción pone por infarto el caso es q tenia un seguro de vida con un banco tenia una cantidad para cubrir el descenso y otra de seguro de vida. El caso q parte de lo de decesos nos lo han dado pero lo otro nos dicen q no alegan q mi suegro les mintio no informando q era diabetico lo cual lo dudo q el no lo dijera. Q podemos hacer

    1. Foto Fernando Sanahuja

      Seguro vida
      Buenas tardes,

      Gracias por su consulta.

      A fin de poder resolverle sus dudas necesitamos copia de la póliza (condicionado particular y general) así como del cuestionario de salud. Dado que no lo suelen aportar voluntariamente debe presentarse un procedimiento llamado Diligencias Preliminares y a la vista de la documentación (especialmente del cuestionario de salud) procede valorar la viabilidad de la reclamación judicial.

      Tal y como aparece en nuestro Post https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/seguro-de-vida-como-obtener-el-cuestionario-de-salud-cuando-la-aseguradora-se-niega-entregarlo dicho procedimiento de Diligencias Preliminares es muy importante en este tipo de asuntos.

      Quedo pendiente me facilite su teléfono por Email (@ fsanahuja@sanahuja-miranda.com) a fin de que podamos tratar personalmente el asunto y seguir con los pasos necesarios hasta la obtención de dicha información y con ello poder decidir sobre el asunto.

      Seguimos en contacto.

      Saludos cordiales,

  8. denegacion seguro de vida!
    Buenas noches ! En primer lugar , darle las gracias de antemano.

    Le expongo mi caso , que es un tanto complejo .
    Mi padre hizo un seguro de vida , en noviembre de 2008 , el fallecio en octubre de 2013 de vih , hasta ahi todo correcto , porque el ,fue diagnosticado de la enfermedad , solo 2 meses antes de fallecer .
    Solicitamos el seguro y ellos lo denegaron  , nuestra sorpresa fue que el seguro se agarra , a que el ,oculto en el cuestionario de salud , que tres meses antes de hacer la poliza , le diagnosticaron hepatitis c y el lo oculto
    Mi pregunta es la siguiente .. si el no fallece a causa de la hepatitis c , como es el caso , podriamos reclamar judicialmente la prima?
    Y por otro lado , la injusticia de que un seguro te cobre 600 euros de prima al  año ,durante 5 años , para que luego se laven las manos . 
    A mi madre le asignaron , un abogada de oficio y ella va a presentar los papeles al juzgado correspondiente.
    Pero estoy pensando , en pedir un prestamo y contratar un abogado mas competente como usted.
    Muchisimas gracias!!

    1. Foto Fernando Sanahuja

      denegacion seguro de vida!
      Buenos días,
      Gracias por su comentario/valoraciones.
      A la vista de su comentario he realizado esta misma mañana un artículo sobre la obligatoria necesidad de relación de causalidad entre patología no declarada y motivo del fallecimiento/invalidez.
      Le adjunto el link: https://www.sanahuja-miranda.com/es/blog/seguros-de-vida-necesaria-relacion-de-causalidad-entre-la-patologia-preguntada-y-no-declarada-e
      En relación a su consulta y con todas las salvaguardas que nuestra profesión nos exige, parece una reclamación viable si bien, como siempre deberemos reunirnos para estudiar toda la documentación y valorarlo en su integridad.
      Cuando pueda me remita su teléfono y la contacto para proseguir con el asunto.
      Saludos cordiales,

  9. Seguro de vida asociado a hipoteca
    Hola buenos días,
    En Febrero de 2011 , tuve una enfermedad Gripe A y estuve tiempo en coma y esto me ha provocaddo diferentes secuelas , físicas y psicológicas , me dieron en Evi en 2012 una ipt , cuando me dieron esta incapacidad , solicité al banco el pago del seguro de vida , cual es mi sorpresa que me comentan que he firmado un seguro de vida con incapacidad permanente y /o absoluta , y ellos dicen que no me abonan nada solo en el caso que sea ipa.
    De la rabia , dije que ya no iba a pagar mas el seguro y me dí de baja eso fue en Junio de 2012 llevaba pagando el seguro diez años .

    Mi salud ha empeorado , y hace un dos años solicité una ipa , ahora estoy pendiente de un juicio en Mayo , no me quedé conforme y le escribí una carta a atención al cliente pidiendole todos mis datos de ese seguro , llame diciendole que habían actuado de mala fé que en ningún momento nadie me explicó nada que todo fueron buenas palabras , hace unos meses recibí una carta diciendome que si estaba inmersa en un proceso judicial para ipa y me la daban con fecha retroacitva anterior al 2015 que es lo que espero , que mandara la documentación , pensé que estaba caducada ya , que puedo hacer estoy todavía en periodo de reclamar la cobertura , ellos me obligaron a hacerme el seguro para firmar la hipoteca.

    Reciba un cordial saludo

  10. El Banco me reglama el pago del seguro de vida
    Buenos dias.
    En primer lugar agradecerle la oportunidad que nos brinda de poder hablar con Usted. Mi caso es el siguiente: Anteriormente a 2007 firme una Hipoteca de una vivienda vieja para reformar por ser económica. Intente reformarla pero al final con el tiempo y no pensar bien las cosas, me di cuenta que era demasiado vieja y la gran fortuna y tiempo que necesitaria para dejarla habitable. La tenia en venta cuando me meti en otra Hipoteca de otra vivienda y en otro Banco. Este Banco sabia de mi anterior Hipoteca y segun creo no le conceden a una persona otros creditos o Hipoteca si llega al 35,38% de su sueldo. Ademas contaba con un seguro de la Empresa donde trabajaba de obra y servicios. Se lo que me va a decir, que fue una locura pero estaba trabajando y me lo podia permitir ya que tambien esperaba vender la primera pronto. (En esta segunda Hipoteca me dijeron que era obligatorio hacer un seguro de vida para tener cubierto el riesgo, asi que me lo hicieron pero yo de mi puño y letra no rrellene ningun cuestionario de salud y tampoco me hicieron ningun reconocimiento medico. La compañia de seguros era la del Banco. A los 3 meses de tener la segunda Hipoteca tuve un accidente de trafico. Aprovechando ese hecho la Empresa donde trabajaba me dio de baja, asi que ya no percibia el sueldo que tenia y Gracias a que la Mutua me daba el 70% del sueldo pude mal pagar las 2 Hipotecas y el seguro de vida de la segunda Hipoteca durante año y pico. Bueno resulta que el Seguro de vida me lo domicilio el Banco en cuenta pero cuando llego el pago en 2009 no tenia saldo en la cuenta, y segun creo un seguro de vida no es obligatorio contratarlo y ademas si lo haces puedes hacerlo con la compañia que quieras. Pues bien en Diciembre de 2008 fue el ultimo ingreso que le hice al Banco ya que fui a hablar con el Director con las muletas pues no podia bien andar para pedirle si podiamos hacer una carencia y como hacia poco que tenia la Hipoteca practicamente iba a pagar lo mismo, asi que le dige de una dación en pago, y me dijo que no eran una inmobiliaria, que no querian casas que querian dineros, asi mismo y con esas palabras me lo dijo sin mentirle a Usted ni a nadie. Llega marzo de 2009 y no tenia saldo en la cuenta para pagar el seguro de vida, la verdad que no supe cuando llego pues el Banco se dio la libertad de pagar el seguro sin mi consentimiento y sin consultarmelo. Como fue mi ultimo ingreso a final de 2008 ya que me dieron el alta en la Mutua y estaba sin trabajo, no pude seguir pagando la Hipoteca y al final me embargaron la casa. (No supe nada del pago del seguro hasta 2012 que recibi una llamada del Banco diciendome que les debia el seguro mas intereses de la cuenta. Me llegue al Banco y pedi un estracto, y como no pude pagarselo desde entonces pues mi situación con 42 años es critica, me vi obligado a vivir con mis padres y lo unico que tienen es una pensión de 700€ y con prestamos le sobran todos los meses un 220€ y con eso tenemos que vivir 3 pagando luz, agua y comida y ademas en el siglo XXI viviendo debajo de chapas ya que no tenemos un tejado en condiciones. ((Ahora resulta que otra compañia le compro la deuda del seguro de vida al Banco y me lo estan reclamando)) ES LEGAL QUE EL BANCO PAGUE EL SEGURO AUNQUE ESTE DOMICILIADO SIN CONSENTIMIENTO POR PARTE DE SU CLIENTE Y ADEMAS YA QUE NO HE TENIDO RECONOCIMIENTO MEDICO ALGUNO Y TAMPOCO RELLENE EL CUESTIONARIO DE SALUD. ESTA LEGALMENTE CONSTITUIDO ESTE SEGURO DE VIDA????)) MUCHAS GRACIAS Y PERDON POR CONTARLE MI VIDA.

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